martes, 23 de octubre de 2012

Derechos Reales


Las obligaciones son distintas según de que cosa se trate, por esto  
los romanos distinguen entre tipos de cosas y las clasifican.  
Cosas Incorporales -> Derechos reales y Derechos personales
Diferencias entre Derecho real y Derecho personal
Podemos encontrar dentro de los Derechos Reales a los 
denominados Derechos de Dominio 
-> Derechos Reales, en cosa ajena


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